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viernes, 12 de julio de 2013

ALIANZA DEL PACÍFICO. ACUERDO MARCO



Alianza del Pacífico

Colombia, Chile, México y Perú confirmaron su voluntad de constituir la Alianza del Pacífico a través del Acuerdo Marco, el cual reviste a esta iniciativa de la institucionalidad y estructura jurídica necesarias para presentarla como un espacio de integración económica, política y comercial que ofrezca a los agentes económicos un marco jurídico previsible para el desarrollo del comercio de bienes, servicios y de la inversión, y se consolide como una plataforma hacia otras regiones, en especial hacia el Asia Pacífico.

En ese sentido, se constituye la Alianza del Pacífico como un área de integración profunda para avanzar hacia la libre circulación de bienes, servicios, capitales y personas e impulsar un mayor crecimiento, desarrollo y competitividad de las economías de las Partes.

Asimismo, se establece como requisitos esenciales para que un Estado pueda participar, el reconocimiento a la vigencia del Estado de Derecho, la Democracia, la separación de poderes del Estado y la protección y respeto a los derechos humanos y libertades fundamentales.

Las decisiones y otros acuerdos en el ámbito de la Alianza del Pacífico se adoptarán por consenso.

El Acuerdo Marco establece el Consejo de Ministros integrado por los Ministros de Relaciones Exteriores y los Ministros responsables de Comercio Exterior, o por quienes éstos designen y le atribuye, entre otras, las siguientes facultades:

a. adoptar decisiones que desarrollen los objetivos y acciones específicas previstas en el presente Acuerdo Marco, así como, en las declaraciones presidenciales de la Alianza del Pacífico; 
b. velar por el cumplimiento y la correcta aplicación de sus decisiones;
c. evaluar periódicamente los resultados logrados en la aplicación de sus decisiones;
d. definir los lineamientos políticos de la Alianza del Pacífico en su relación con terceros Estados o esquemas de integración;
e. convocar al Grupo de Alto Nivel (GAN) establecido en la Declaración Presidencial de Lima, cuando lo considere adecuado;
f. establecer los grupos de trabajo que considere adecuados para la consecución de los objetivos y la realización de las acciones de la Alianza del Pacífico.

Mediante la Declaración de Lima, los Presidentes de la Alianza del Pacífico conformaron el Grupo de Alto Nivel (GAN) conformado por los Viceministros y Viceministras de Relaciones Exteriores y de Comercio Exterior, encargado de supervisar los avances de los grupos técnicos, de evaluar nuevas áreas en las cuales se pueda seguir avanzando y de preparar una propuesta para la proyección y relacionamiento externo con otros organismos o grupos regionales, en especial del Asia Pacífico

Por otro lado, los desarrollos de los trabajos de los Grupos Técnicos creados en la Declaración de Lima (Comercio e Integración, Movimiento de Personas de Negocios y Facilitación para el Tránsito Migratorio, Servicios e Inversión y Cooperación, además del Grupo sobre Asuntos Institucionales y Solución de Controversias constituido por el Grupo de Alto Nivel - GAN) se realizarán teniendo en considerando lo dispuesto en el Acuerdo Marco en el sentido que los acuerdos adoptados en el marco de la Alianza del Pacífico no reemplazarán, ni modificarán los acuerdos económicos, comerciales y de integración bilaterales o multilaterales vigentes entre las Partes.
  
Se prevé la participación de Estados Observadores y la adhesión de nuevos Estados Parte, los cuales deben contar con un acuerdo de libre comercio con cada una de las Partes.

El Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico fue suscrito durante la IV Cumbre Presidencial realizada el 6 de junio de 2012 en Paranal - Chile, por Colombia, Chile, México y Perú como estados miembros y por Panamá y Costa en calidad de estados observadores.

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