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miércoles, 20 de febrero de 2013

ARBITRAJE


ARBITRAJE

DEFINICION: Es un instituto jurídico en virtud del cual las partes, entre las que existe una controversia, deciden que la resolución de las mismas, no se haga por la participación de los jueces estatales, sino de la actuación de árbitros, quienes decidirán la cuestión siguiendo  la ley y el procedimiento elegido por éstos.

PROCEDE: El derecho de someter una cuestión al arbitraje puede ser ejercido cuando no se afecte el orden público ni se afecte el derecho de terceros.

CLAUSULA COMPROMISORIA
La cláusula compromisoria o cláusula arbitral es un dispositivo en virtud del cual las partes vinculadas por un contrato, establecen que las posibles controversias que surjan con motivo de dicha negociación serán resueltas por medio de arbitraje. Se consideran varias especificaciones, entre ellas:
- Cuál será el procedimiento a seguir.
- Quienes serán los árbitros.
- Que ley regirá el procedimiento.
- Cúal será el plazo de emisión del laudo.

NORMAS SOBRE ARBITRAJE

LEY MODELO DE LA COMISION DE LAS NACIONES UNIDAS PARA EL DERECHO MERCANTIL INTERNACIONAL

Un arbitraje es internacional:
A-   Si las partes en el momento de celebración del acuerdo de arbitraje, tienen sus establecimientos en Estados diferentes.
B-   Uno de los lugares siguientes está situado fuera del estado en que las partes tienen su establecimiento:
1)    el lugar del arbitraje, si así se ha determinado en el acuerdo.
2)    el lugar de cumplimiento de una parte sustancial de las obligaciones de la relación comercial o el lugar en que el litigio tenga una relación más estrecha.
C- Cuando las partes han convenido expresamente la cuestión objeto del acuerdo de arbitraje  está relacionada con más de un Estado.

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